Obligación del empleador de demostrar que el trabajador efectivamente gozó de sus vacaciones
El caso : Un trabajador solicitó el pago de la triple remuneración vacacional debido al derecho de descanso físico vacacional adquirido y no gozado.
El empleador alegó que el trabajador sí había hecho efectivo el descanso.
Ante el requerimiento del juez para que acredite lo dicho, aquél sólo presentó planillas de pago. Indicó que no contaba con el libro de vacaciones ni el registro de ingreso y salida porque se trataba de un trabajador ejecutivo que no tenía la obligación de registrarse.
Decisión del Poder Judicial : El empleador no acreditó que el trabajador haya gozado del descanso vacacional por las siguientes razones:
- El empleador se limitó a exhibir una hoja de record vacacional.
- En las boletas de pago del trabajador no figuraba el pago por concepto de remuneración vacacional a pesar de que en las mismas se consignó la fecha de inicio y retorno del descanso.
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Nota: Sobre la materia controvertida, la Corte señaló que cuando se invoca el incumplimiento del empleador de otorgar el descanso vacacional del trabajador, corresponde a su parte demostrar que cumplió con las obligaciones contenidas en el D.Leg. 713 y que el trabajador gozó efectivamente de sus vacaciones pudiendo demostrar con las planillas de pago, boletas de pago u otro medio idóneo a tal fin; pretender que el trabajador acredite que no gozó de vacaciones, sería imponerle una prueba negativa o prueba diabólica que no está permitido en nuestro sistema jurídico en general.
Fuente : Cas. 9828-2014, Lima (pub.4-8-16)
------ Texto Casación 9828-2014 Lima ----
CAS. Nº 9828-2014 LIMA
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