RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 070-2016-SUSALUD/S

Sumilla : Aprueban la modificación del Reglamento del Proceso de Elección de la Entidad
Prestadora de Salud y del Plan de Salud para Asegurados Regulares y Disposiciones Complementarias sobre el Plan de Salud para Asegurados Regulares

Norma :  RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 070-2016-SUSALUD/S
Publicado : 15/05/2016
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Para recordar
Por Decreto Supremo N° 008-2010- SA, se establecen disposiciones sobre el proceso de elección del Plan de Salud y de la EPS, así como el procedimiento para la nueva elección de EPS y Plan, distinguiendo dos tipos de procedimientos, uno para las entidades empleadoras en general y otro específico para las entidades empleadoras constituidas por pequeñas empresas, señalando que  104, la SUNASA (hoy SUSALUD), expedirá las normas adicionales que resulten necesarias para la correcta aplicación de la presente disposición.

Por Resolución de Superintendencia N° 142-2011-SUNASA/CD, se aprobó el “Reglamento del Proceso de Elección de la Entidad Prestadora de Salud y del Plan de Salud para Asegurados Regulares y Disposiciones Complementarias sobre el Plan de Salud para Asegurados Regulares.
En dicha norma se  incluye dentro del ámbito su aplicación a las micro y pequeñas empresas sin precisar la deferencia que si realiza el Reglamento de la Ley N° 29344, en el sentido que para efecto de la contratación directa de un Plan y EPS, basta que la pequeña empresa cumpla con las características establecidas en el DS N° 007-2008-TR (hoy derogado y sustituido por el DS N° 013.2013-PRODUCE), sin que se haga mayor requerimiento respecto a su inscripción en el REMYPE.

Esta disposición puede traer como consecuencia que su interpretación genere cierta confusión sobre los administrados y conllevarlos a considerar que las micro y pequeñas empresas deberán estar registradas en el REMYPE a fin de acceder a la contratación directa de una EPS.

Lo que dice la  RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 070-2016-SUSALUD/S
Proceso de Elección
Las Micro empresas, así como las Pequeñas Empresas en todos sus casos, sin necesidad de estar inscritos en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa -REMYPE, deberán observar el procedimiento para la elección del Plan de Salud y EPS establecido en la Resolución de Superintendencia N° 142-2011-SUNASA/CD

Reemplazo de nombres
SUSTITUIR toda mención a “SUNASA” en el Reglamento del Proceso de Elección de la Entidad Prestadora de Salud y del Plan de Salud para Asegurados Regulares y Disposiciones Complementarias sobre el Plan de Salud para Asegurados Regulares




RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 070-2016-SUSALUD/S
(...)

Artículo 1.- APROBAR la modificación del primer párrafo y literal e) del artículo 26 del Reglamento del Proceso de Elección de la Entidad Prestadora de Salud y del Plan de Salud para Asegurados Regulares y Disposiciones Complementarias sobre el Plan de Salud para Asegurados Regulares, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 142-2011-SUNASA/CD, conforme al siguiente texto:

“Artículo 26.- Proceso de Elección
Las Micro empresas a que se refiere el artículo 32 o que opten por la aplicación del segundo párrafo del artículo 39 del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente - Reglamento de la Ley MYPE aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2008- TR, así como las Pequeñas Empresas en todos sus casos, sin necesidad de estar inscritos en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa -REMYPE, deberán observar el siguiente procedimiento para la elección del Plan de Salud y EPS:
(…)
e. La EPS elegida deberá hacer llegar a SUSALUD por medio magnético, una copia del Plan de Salud ofertado, el cual deberá cumplir con los requisitos señalados en el artículo 34 del presente Reglamento, así como copia del Anexo 4 dentro de las 24 horas posteriores a su elección, debiéndola dirigir a la siguiente dirección electrónica: afiliacion@susalud.gob.pe.”

Articulo 2.- SUSTITUIR toda mención a “SUNASA” en el Reglamento del Proceso de Elección de la Entidad Prestadora de Salud y del Plan de Salud para Asegurados Regulares y Disposiciones Complementarias sobre el Plan de Salud para Asegurados Regulares, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 142-2011-SUNASA/CD, por “SUSALUD” entendiéndose como Superintendencia Nacional de Salud.

Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la publicación de la misma en su integridad en la página web de SUSALUD “www.susalud.gob.pe”, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 002-2015-SUSALUD/SG, aprobada por Resolución de Secretaría General N° 019-2015-SUSALUD/SG.

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