Deposito Semestre Noviembre 2015- Abril 2016
El empleador esta obligado a realizar el deposito por el semestre Noviembre 2015- Mayo 2016 , hasta el Lunes 16 de Mayo 2016 , en la entidad financiera elegida por el trabajador.
¿ Por que ?
Esto debido a que el día 15 de Mayo es domingo.
¿ Y si el trabajador no ha informado y/o elegido la entidad financiera, eso libera al empleador de realizar el deposito por CTS?
No.
Por ley es obligación del empleador solicitar el nombre de la entidad financiera que el trabajador debe elegir para realizar el deposito de la compensación por tiempo de servicios.
¿Y si a pesar de haberle solicitado dicha información ,el trabajador no cumple ?
A pesar de habérsele solicitado en su momento la elección de la entidad financiera respectiva , el trabajador no cumplió , eso no libera al empleador de realizar el deposito .
Pues la ley establece que será el empleador que decida en que entidad financiera debe realizarse dicha exigencia legal.
¿ Puede el trabajador mediante una carta notarial solicitar al empleador que dicho deposito CTS no realice , sino que se le pague directamente el importe correspondiente?
No.
Es obligación del empleador realizar el deposito . Carece de todo valor cualquier solicitud del trabajador para :
a.- Suspender el deposito en el plazo respectivo.
b.- Solicitar que se le entregue directamente el monto .
c.- Renunciar al deposito de su CTS.
No se realiza el deposito
¿ Que sucede si el empleador no realiza el deposito respectivo?
Incurre en incumplimiento laboral , sujeto a posible sanción administrativa por el SUNAFIL .
Algo que debe saber : No por el hecho que la SUNAFIL sancione al empleador por no haber realizado los depósitos por Compensación tiempo de servicios de sus trabajadores , significara que ya No estará obligado a cumplir con esta exigencia.
Por el contrario , adicional al pago de multa respectiva deberá actualizar el monto por CTS a pagar por cada trabajador según el interés que establezca cada entidad financiera.
¿ Y el interés laboral , no funciona aquí?
No.
Solo es aplicable el interés establecido por la entidad financiera.
El Status laboral
¿ El plazo para el deposito por CTS es solo para trabajadores empleados y obreros?
No solo para ellos .
Es aplicable a todo trabajador en planilla , independiente de su estatus o puesto de trabajo.
¿ Puede un trabajador que tiene cargo de dirección , ejemplo El Gerente de Personal decidir que no se le haga el deposito de la CTS o en su defecto postergarlo para cuando el decida?
No.
Es una obligación del empleador , que no esta sujeta a condiciones por parte de ningún trabajador.
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¿ El plazo para realizar el deposito de la CTS es aplicable a todo el sector privado?
No.
Existen excepciones .
Ejemplo : El régimen Laboral de construcción civil
El trabajador en construcción civil no esta sujeto al plazo del deposito por CTS indicado.
A dicho personal se le pagara la compensación por tiempo de servicios cuando se retire o culmine la obra .
Ejemplo : Trabajador de microempresa
Dicho trabajador no tiene derecho a la compensación por tiempo de servicios.
En el sector Publico : Aplicación del plazo deposito
¿ Se aplica el plazo del deposito en entidad financiera para el trabajador del sector Publico?
Solo para los trabajadores sujetos al nuevo régimen SERVIR.
¿ Quiénes quedan fuera?
Los servidores del régimen 276 y diversos regímenes especiales.
¿ Y el personal CAS?
Ellos no tienen derecho al pago de compensación por tiempo de servicios.
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