RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 001-2016/CAH-Ley Nº 29625

Aprueban Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios - Quinto Grupo de Pago Resolución Administrativa que aprueba el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Quinto Grupo de Pago

Norma : RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 001-2016/CAH-Ley Nº 29625
Publicado : 24/01/2016
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Lima, 21 de enero de 2016
CONSIDERANDO:
(…)

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Quinto Grupo de Pago, en la cantidad de Ochenta Mil Ochocientos Cinco (80,805) Fonavistas, conforme al Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución, que contiene la identificación y periodos de aporte de los Fonavistas Beneficiarios, el cual se ha conformado en base a los Fonavistas que, luego del proceso de verificación, cuentan con la respectiva cuenta individual de periodos de aporte, de acuerdo con el artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la Implementación de lo dispuesto por la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-EF.

Artículo 2.- Disponer la emisión y notificación a través de la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625, del Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista – CERAD, a las personas contenidas en el artículo 1 que antecede. El CERAD será emitido y notificado de manera individual.

Artículo 3.- Disponer la transferencia de Ciento Veintitrés Millones Novecientos Treinta y Cinco Mil
Quinientos Noventa y Seis con 62/100 Soles (S/ 123’935,596.62), de las cuentas a nombre de la Comisión Ad Hoc - Ley Nº 29625/FONAVI en las entidades del sistema financiero nacional, a la cuenta con la misma denominación en el Banco de la Nación, que será utilizada para la devolución de aportes, para iniciar el proceso de pago de los Fonavistas que integran la relación del Quinto Grupo de Pago del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios.

Para tal fin se autoriza a la Secretaría Técnica, para que a través de los responsables del
manejo de las cuentas bancarias denominadas Comisión Ad Hoc – Ley 29625/FONAVI, realicen la transferencia de dichos fondos.

Artículo 4.- Comunicar al Banco de la Nación para que proceda al pago de los Fonavistas que integran el Quinto Grupo de Pago del Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios, a partir del 28 de enero de 2016.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, de acuerdo con el artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la Implementación de lo dispuesto por la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-EF.

Artículo 6.- Disponer la publicación del Anexo 1 –Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Quinto Grupo de Pago, en el portal institucional de la Secretaría Técnica (www.fonavi-st.gob.pe y/o www.fonavi-st.pe), de acuerdo con el artículo 13 de las Normas Reglamentarias para la Implementación de lo dispuesto por la Septuagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-EF.

Para consultar la información contenida en el Anexo 1 antes citado, se deberá ingresar a través de la página web al módulo de consulta “Padrón Nacional de Fonavistas Beneficiarios – Quinto Grupo de Pago”, con el número de documento de identidad del Fonavista Titular.

Artículo 7.- Disponer y encargar que la Secretaría Técnica de Apoyo a la Comisión Ad Hoc creada por la Ley Nº 29625, realice las acciones necesarias y conducentes a la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución Administrativa.

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