¿Cuanto puede disponer un trabajador de su Compensación por Tiempo de Servicios ?

Siglas :
CTS = Compensación por tiempo de servicios

Aprendamos sobre el Calculo del excedente

Caso Nro 01 :
Tengo 4200 nuevos soles de CTS en el Banco de Crédito del Perú , mi remuneración mensual es de S/ 825.00 nuevos soles
¿ Cuanto es mi excedente de 4 sueldos?

Datos :
Remuneración mensual = S/ 825.00
Monto cuenta CTS acumulado a la fecha = S/ 4,200

Calculo del monto intangible
4 x S/ 825.00 .............. S/ 3,300

Dicho monto no podra retirarlo de su cuenta CTS , sino hasta que cese en su empleo.

Caso Nro 02
Datos :
Monto intangible = S/ 3,300
Monto cuenta CTS acumulado a la fecha = S/ 4,200

Calculo del excedente
4,200 - 3,300 = S/ 900.00

El excedente es de S/ 900.00

El trabajador podra disponer del monto total de S/ 900.00 en el momento que desee.
No es obligación el retiro inmediato , del mismo.
Puede hacerlo por partes o en su totalildad.


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