Los servicios de asistenta social diplomada en la empresa



1.- Definición
Se denomina Asistente Social a aquella persona diplomada encargada de procurar consejo y asesoramiento para la solución de los problemas extra laborales del trabajador y su familia.

2.1.- Empresas obligadas
2.1.1 Empresas con mas de 300 trabajadores
Toda empresa de la actividad privad que ocupe más de 300 trabajadores , está obligada a contratar de inmediato una asistenta social diplomada para la atención permanente que requiera el personal de su respectivo centro de trabajo.
Base legal : R.S. 337 del 13/06/1965 , articulo 1

2.1.2.- Empresas con menos de 300 y mas de 100 trabajadores
Las empresas con menos de ese número de trabajadores y más de 100 , podrán encomendar el servicio permanente antes referido , a persona que hubiere terminado sus estudios de servicio social , con la obligación de regularizar su situación mediante la presentación del título dentro del término de un año, contado a partir de la fecha de la presente resolución.
Base legal : R.S. 337 del 13/06/1965 , articulo 2

2.1.3.- Empresas con actividades eventuales
Las empresas que por la naturaleza de su trabajo , como las de construcción civil , realicen labores eventuales en lugares próximos dentro de la misma actividad , podrán utilizar los servicios comunes de una asistenta social a condición de que estos servicios comunes ofrezcan atención permanente a los trabajadores de las empresas mencionadas
.ase legal : R.S. 337 del 13/06/1965 , articulo 3


2.2.- Funciones básicas
Sus funciones :
- Colaborar con la solución de los problemas personales y familiares del trabajador que afecten el desempeño de sus funciones.
- Propugnar que el trabajador participe en los programas de elabore o programe el servicio de Relaciones Industriales.
- Prevenir los problemas que puedan afectar al trabajador o a sus familias

3.- Numero de asistentas sociales a contratar.
Las normas legales en referencia solo tratan el tema de la persona que será responsable del servicio ,
es decir la Jefe del servicio social.

No se menciona nada sobre la necesidad de contratar mas asistentas sociales que realicen labores complementarias  o de apoyo., quedando esta situación a criterio de la empresa.


Vea también _____________

Los servicios de asistenta social diplomada en la empresa

Decreto 009 del 12 Julio 1965

Resolución Suprema N. 337 del 13 Junio 1965

Ley Nro. 27918

Ley 30112

===================
Descargue aquí
Catalogo manuales laborales Parte 1

Catalogo manuales laborales Parte 2

======================Blog legislación laboral peruana

Conviértase en seguidor de este Blog : Ingrese aquí

===================





¿ Desea estar actualizado en legislación laboral peruana ?
Vea revista legislación laboral " Actualizate "

Ingrese aqui






========================================

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

Computo indemnización despidió arbitrario en la CTS

  ¿ La indemnizacion por despido arbitrario es computable para el calculo de CTS?  No, porque la indemnizacion no tiene naturaleza remunerat...

Vea tambien ...