La reducción voluntaria de remuneraciones
Tres criterios en la reducción de remuneraciones
Para la vigencia de un convenio de rebaja de remuneraciones sin afectar los derechos laborales de los trabajadores, se debe presentar tres nuevos criterios de manera conjunta :
El primero, que esta reducción no se encuentre por debajo de la remuneración mínima vital, monto mínimo indispensable.
Ejemplo : Un trabajador que percibe S/ 1,000 . Solo podrá permitir la reducción de su remuneración hasta S/ 750.00 ( remuneración minima vital vigente a Mayo 2015)
El segundo , que responda solo a circunstancias objetivas.
Ejemplo : Por una falencia económica de la empresa debido a problemas en el mercado .
El tercero , que sea autorizada por el trabajador afectado en forma expresa, sin que deje lugar a dudas.
Esto último implicará a que no medie intimidación, coacción y/o violencia que vicie su manifestación de voluntad,
Para aplicación de este criterio se debe :
a.- Redactar y firmar un convenio de reducción de remuneraciones.
b.- En dicho acuerdo debe figurar la voluntad expresa del trabajador
El proceder en el Poder Judicial
En estos casos, el análisis del juzgador no solo deberá centrarse en la verificación de un acuerdo expreso entre las partes, sino también en la condición alegada por el empleador como causa de la medida y,finalmente, la verificación de la genuina voluntad del trabajador
Base legal :la Casación Laboral Nº 1213-2012-Callao.
Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente
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