Traslado de dirigente sindical
El secretario de deportes de un sindicato es trasladado con otros 27 trabajadores a otra sede en el mismo departamento de la entidad, a través de una resolución escrita emitida por una comisión evaluadora.
¿ Es procedente dicho traslado al secretario de deportes de ese sindicato?
======================Blog legislación laboral peruana
Conviértase en seguidor de este Blog : Ingrese aquí
===================
Según el Tribunal constitucional en la sentencia del Expediente 03377-2013-PA/TC , no es procedente .
La rotación de un trabajador representante de un sindicato de una sede a otro local de la empresa , tiene que tener una justificación “ imprescindible o urgente “ ya que de lo contrario se estaría afectando el derecho sindical del trabajador.
Por lo cual la resolución del comité evaluador de la entidad , no demostraría la urgencia del cambio , por lo cual sería inaplicable dicho proceder.
A criterio del tribunal , la empresa debe demostrar una necesidad y urgencia a través de documentos y no bastaría la aplicación del criterio de razonabilidad y necesidad como fundamentos operativos o logísticos para realizar dicho traslado.
Base legal : Exp. 03377-2013-PA/TC
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Lo irrazonable en el comportamiento de Sunafil
La exigencia del cumplimiento medidas requerimiento deben ser dictadas dentro de la aplicación del principio de razonabilidad Fuent...
Vea tambien ...
-
En la legislación laboral peruana el permiso o licencia por fallecimiento de un familiar directo es tratado de manera diferente según el r...
-
Ley 29849 Ley que establece la eliminación progresiva del régimen de contratación administrativa de servicios, y otorga derechos laborales....
-
¿ Como solicitar la suspensión de retención y pago a cuenta por rentas de cuarta categoria 2023 ? El manual en linea Lo siguientes pasos ...
-
Resolución 298-2011/Sunat Dictan normas relativas a la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y a la obligación de efectuar r...
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas