Participacion voluntaria de utilidades
Dicho beneficio no esta afecta al pago de contribuciones por essalud
Esto motiva con frecuencia a las observaciones de la SUNAT, si la empresa no :
a.- elaborar políticas con alcance general para el otorgamiento de este beneficio, a fin de que se cumpla con el requisito de la generalidad
b.- Tener certeza del universo de trabajadores con derecho y del monto respectivo.
Lo que la empresa no debe hacer :
Condicionar la entrega de la participación voluntaria en las utilidades , al cumplimiento de metas identificándolas con un bono de productividad encubierto.
Situaciones similares
Otro caso similar son las gratificaciones extraordinarias , sujetas también a un resultado productivo.
En cuyo caso debe estar sujeta al pago de aporte a essalud.
Lo que debe hacer :
La entrega de dichos pagos deben estar sujetas a políticas que condicionen su entrega a la importancia de cada puesto en la generación de la utilidades , sin tomar en cuenta el cumplimiento de metas.
Los montos entregado deben ser razonables con la utilidad generada en el ejercicio fiscal.
Actualizate revista laboral
======================Blog legislación laboral peruana
Conviértase en seguidor de este Blog : Ingrese aquí
===================
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
Vea tambien ...
-
Norma legal : D.S. 068-2013-EF Sumulla : Reglamento de la Ley 29903 Publicado : 03/04/2013 Vigencia : 04/04/2013 Comentario ...
-
¿ Cómo se da a conocer la duración de la jornada de trabajo en la empresa ? El empleador dará a conocer por medio de carteles c...
-
Si un trabajador esta laborando en una obra y no esta inscrito en Registro de trabajadores en construcción civil . ¿ Se le debe pagar com...

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas