Tribunal Constitucional y el FONAVI




Tribunal constitucional y el Fonavi
Los aportantes al Fonavi que no se inscribieron hasta el 31 de agosto , podrán  hacer.



El Tribunal constitucional declaro inconstitucional la septuagésima segunda disposición complementaria final de la Ley Nro. 30114.

En consecuencia , según el Tribunal constitucional determino que los aportes al  fonavi podrán  inscribirse en el registro respectivo hasta el 31 de agosto de cada año , para la programación  presupuestal del año siguiente hasta completar los 08 años fijados  por la Ley 29625 ( Hasta el 2018).

STC Nro. 0012-2014-PI/TC

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Ver además : Aclaración de Sentencia

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