Tribunal Constitucional y el FONAVI
Tribunal constitucional y el Fonavi
Los aportantes al Fonavi que no se inscribieron hasta el 31 de agosto , podrán hacer.
El Tribunal constitucional declaro inconstitucional la septuagésima segunda disposición complementaria final de la Ley Nro. 30114.
En consecuencia , según el Tribunal constitucional determino que los aportes al fonavi podrán inscribirse en el registro respectivo hasta el 31 de agosto de cada año , para la programación presupuestal del año siguiente hasta completar los 08 años fijados por la Ley 29625 ( Hasta el 2018).
STC Nro. 0012-2014-PI/TC
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Ver además : Aclaración de Sentencia
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