Ley que regula el Teletrabajo
Norma : Ley 30036
Publicado : 05/06/2013
Vigencia : 06/06/2013
Reglamento : 90 dias desde inicio de vigencia
Responsabilidad del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Lo que debe saber
Es una modalidad especial de prestación de servicios.
El trabajador bajo esta modalidad se le denomina : Teletrabajador.
Caracteristicas especiales de esta modalidad
El desempeño del trabajador se caracteriza por realizar las labores encomendadas sin presencia fisica en la empresa , utilizando las tecnologias de información y las telecomunicaciones ( TIC)
Ambito de aplicación : Instituciones Privadas y Públicas.
En el sector Publico se estableceran cuotas minimas para acceso a esta modalidad de prestación servicios subordinado.
Derechos y obligaciones del teletrabajador
Gozara de los mismos derechos y obligaciones de un trabajador de la actividad privada . Salvo lo relacionado por la asistencia a la empresa ( Horario de trabajo , control de asistencia , tiempo de refrigerio ).
¿ Como se accede a este tipo de prestaciónes laborales ?
Puede acceder a ser un teletrabajador por acuerdo con el trabajador de ingresar a esta modalidad
Es el caso de una persona que ya labora en la empresa y que por acuerdo con su empleador acepta variar a dicha modalidad.
La exigencia aqui es el consentimiento previo del trabajador.
El trabajador puede solicitar el retorno a la modalidad original, pero es facultad del empleador poder denegar dicho pedido.
Asi mismo , si el empleador determina que no se han logrado los objetivos buscados , puede determinar de manera unilateral que el trabajador retorne a su antigua modalidad de trabajo.
Dicha modificación de la forma prestación no debe afectarle en :
a.- Naturaleza del vinculo laboral
b.- Categoria en la empresa
c.- Remuneración percibida
d.- Condiciones de trabajo existentes ( salvo lo relacionado con asistencia al centro de labores ).
Equipos utilizados para su función
Aqui se presentan tres situaciones :
a.- Equipos utilizados de propiedad el trabajador
El empleador debe compensarlo por su uso y deterioro.
b.- Equipo utilizado de terceros ( ejemplo : cabina de internet)
El empleador debe compensarlo por el gasto asumido.
c.- Equipo utilizado de propiedad del empleador
El empleador debe compensarle por el gasto por uso de conexion a internet y similares.
El trabajador asume la responsabilidad por el uso adecuado del mismo.
Ver reglamento de la Ley 30036: Ingrese aqui
Lic. Ricardo Candela Casas
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