Publicado : 19/07/2012
Vigencia : Esta ley entrara en vigencia despues de 120 dias de publicado su reglamento respectivo.
Puede Leer el texto completo de la Ley 29903 desde aqui
Para recordar : El sistema privado de pensiones es uno de los brazos que conforma el sistema previsional existente en el Perú ( El otro es el sistema público , administrado por la ONP ).
Lo que dice la Ley 29903
En este documento se trata sobre temas como :
- Incorporación ,
- Constitución de una AFP ,
- Autorización de la Superintendencia de Bancas y seguros para publicidad ,
- Creación de un fondo tipo "0" riesgos denominado fondo de protección de capital ,
- Sobre los aportes obligatorios y voluntarios ,
- Obligación de la empresa a retener los aportes del trabajador afiliado ,
- La jubilación anticipada ,
- La novedad sobre licitación del servicio ( proceso , situaciones entre otros ) ,
- Rentabilidad de los fondos ,
- La creación de un fondo educativo del SPP
- Sobre el boletin informativo de regimenes previsionales
- La afiliación de independientes
- Sobre el regimen especial de jubilación anticipada Ley 29426
Algunos detalles
- Jubilación anticipada
El afiliado podra jubilarse en forma anticipada siempre que se obtenga una pensión igual o superior al 40 % del promedio de las remuneraciones recibidas y rentas declaradas durante los últimos 120 meses previos.
- Los aportes obligatorios : trabajadores independientes
a.- Si el trabajador independiente percibe ingresos por renta de cuarta y/o quinta categoria superiores a 1.5 remuneraciones minimas vitales , debera realizar el aporte obligatorio del 10 %
b.- Si el trabajador independiente obtiene ingresos hasta 1.5 remuneraciones minimas vitales , podra acceder a el aporte obligatorio gradual , Dicho aporte sera determinado via decreto supremo.
- Boletin informativo regimenes previsionales
Se crea la obligación del Ministerio de trabajo , en el diseño de un formato donde se especifique la elección del sistema previsional , asi como el desarrollo de fiscalización inspectiva.
- Afiliación obligatoria : trabajador independiente
El plato fuerte y el motivo centrar de esta norma . Un trabajador independiente menor de 40 años ( en teoria 39 años, 11 meses y 29 dias ) , esta obligado a elegir un sistema previsional ( Entre una AFP o la ONP) . En caso no haga , el agente retenedor de las rentas que percibe lo afiliara a una AFP .
Es voluntaria la afiliación a un sistema previsional a los trabajadores independientes mayores de 40 años ( al parecerse no son apetecibles al sistema ).
- Sobre el regimen especial de jubilación anticipada. Ley 29426
Se amplia su vigencia hasta el 31de diciembre del 2013
Vea ademas : Manual ABC de la legislación laboral 2012 aqui
Fatal, fatal. En que sistema democrático vivimos. Por qué obligar, o ¿es que estamos en un régimen totalitario?
ResponderEliminar¿Donde está la libertad de eligir y decidir?
La voracidad de la derecha es criminal.