vacaciones : remuneracion contenido


La remuneracion vacacional es equivalente a la que el trabajador hubiera percibido en forma habitual en caso de continuar laborando.
Ejemplo :
Enero cobra 600.00 s/.
El monto de sus vacaciones en Marzo , por dar una fecha sera pues 600.00 s/.

Se considera remuneracion para este efecto , la computable para el calculo de la compensacion por tiempo de servicios.

El pago de la remuneracion vacacional se abonara antes del inicio del descanso del trabajador.
Ejemplo : El trabajador empezara su descanso el 15 de Febrero 2011
El limite de pago seria hasta el 14 de Febrero 2011

Mas informacion del Manual Descanso Vacacional Anual en :
http://laboraperu.blogspot.com/search/label/vacaciones

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

La exigencia de tolerancia ingreso

  En normativa nacional ¿se detalla algo sobre la tolerancia al horario de ingreso al centro de trabajo ?, ¿En que casos pueden descontarte ...

Vea tambien ...