descanso semanal obligatorio : cuantia


La remuneración por el DSO equivale a la de una jornada diaria ordinaria y es proporcional al número de días efectivamente laborados por el trabajador en el período considerado para establecer tal remuneración (D.Leg. 713, art. 4).

Se entiende por remuneración ordinaria la que el trabajador percibe semanal, quincenal o mensualmente según corresponda, en dinero o en especie.

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Licencia o permiso por fallecimiento de un familiar directo .

Cas : Ley 29849

Presentación de la solicitud de Suspensión de Retenciones y/o Pagos a Cuenta

Suspensión de retenciones : Rentas de cuarta categoria 2012