¿Cuál es el plazo para pagar las gratificaciones?
El plazo para pagar las gratificaciones vence en la primera quincena de julio para las gratificaciones de Fiestas Patrias y en la primera quincena de diciembre para las gratificaciones de Navidad.
Referencia: Artículo 4°del Decreto Supremo N° 005-2002-TR.
¿Se puede pactar el pago de las gratificación es en una oportunidad distinta a la señalada?
No, el plazo para el pago de las gratificaciones establecido en la Ley es indisponible para las partes, es decir, las gratificaciones se pagan en las fechas establecidas por la norma, en la quincena de Julio y Diciembre.
Referencia: Artículo 4° del Decreto Supremo N° 005-2002-TR.
El plazo para pagar las gratificaciones vence en la primera quincena de julio para las gratificaciones de Fiestas Patrias y en la primera quincena de diciembre para las gratificaciones de Navidad.
Referencia: Artículo 4°del Decreto Supremo N° 005-2002-TR.
¿Se puede pactar el pago de las gratificación es en una oportunidad distinta a la señalada?
No, el plazo para el pago de las gratificaciones establecido en la Ley es indisponible para las partes, es decir, las gratificaciones se pagan en las fechas establecidas por la norma, en la quincena de Julio y Diciembre.
Referencia: Artículo 4° del Decreto Supremo N° 005-2002-TR.
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