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Feriados por semana santa 2015

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El 02 ( Jueves ) y 03 ( Viernes ) de Abril  son feriados no laborables . Por Semana Santa Base legal : D. Legislativo 713 Algunas dudas a resolver : El feriado por el 02 y 03  de Abril 2014. ¿ Se debe laborar ese día ? Los trabajadores No están obligados a asistir a su centro de labores el feriado. ¿Me pagaran esos días( 02 y 03 de Abril 2015) por no haber ido a laborar ? Ese día que no se trabaja debe ser remunerado como un día normal y sin descuentos. ¿Debo recuperar las horas no laboradas por el 02 y 03  de Abril 2015 ? NO. ¿ Y qué pasa si el empleador nos ordena laborar el 02 y 03 de Abril 2015 ? Debe existir un acuerdo , no una orden . Dicho acuerdo es entre los trabajadores que van a laborar y el empleador . En ese documento se debe indicar que días se gozara del descanso respectivos Es decir quedara pendiente el descanso por el 02 y 03 de Abril 2015. Manual ABC Legislación laboral  Actualizado Pulse aquí ¿ Y si el empleador me hace trabajar e

Actualizate edición del 16 al 31 Marzo 2015

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Este es un documento en formato PDF que contiene las ultimas modificaciones en la legislación laboral peruana. Documento de 96  paginas Esta edición es remitida vía correo electrónico en formato PDF a los suscritos o personas interesadas que deseen adquieran este ejemplar. ========================== En esta edición usted conocerá sobre : Contenido  Normatividad laboral del periodo Sumilla de normas laborales publicadas  16 al 31  Marzo 2015 En esta primera quincena. . Contribuciones sociales Reembolso de comisiones bancarias : Acreditación Costos posteriores vs. Costo de ventas: Necesidad de que la SUNAT sustente el reparo del costo de ventas. Operaciones no reales: Caso en el que la documentación presentada no acreditó la realidad de los servicios y compra de bienes. Acogimiento al Nuevo RUS: Personas naturales o EIRL que realizan actividades empresariales Constancias de notificación en las que se consignó como motiv

¿Aun está vigente la obligación de practicar exámenes médicos ocupacionales a sus trabajadores?

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Algo de historia : Manual ABC SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO VER AQUI La exigencia de realizar exámenes médicos antes , durante y al termino de la relación laboral aparece en el antiguo D.S. 9-2005-TR : Obligación de la entidad empleadora de “practicar exámenes médicos antes , durante y al termino de la relación laboral , acorde con los riesgos a que están expuestos en sus labores. D.S. 9-2005-TR , articulo 39 literal c) Los trabajadores se encuentran obligados a someterse a los exámenes médicos a que están obligados por norma expresa , asi como a los procesos de rehabilitación integral. D.S. 9-2005-TR , articulo 72 inciso f) Un saludo a la bandera La realización de los exámenes médicos ocupacionales se encontraba supeditado a la aplicación : a.- Las guías de diagnostico para exámenes médicos obligatorios por actividad b.-Los protocolos de exámenes médicos ocupacionales c.- La regulación de los exámenes médicos en contratos temporales de corta duración} En virtud

Traslado de dirigente sindical

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El secretario de deportes de un sindicato es trasladado con otros 27 trabajadores a otra sede en el mismo departamento de la entidad, a través de una resolución escrita emitida por una comisión evaluadora. ¿ Es procedente dicho traslado al secretario de deportes de ese sindicato? ====================== Blog legislación laboral peruana Conviértase en seguidor de este Blog : Ingrese aquí =================== Según el Tribunal constitucional en la sentencia del Expediente 03377-2013-PA/TC , no es procedente . La rotación de un trabajador representante de un sindicato de una sede a otro local de la empresa , tiene que tener una justificación “ imprescindible o urgente “ ya que de lo contrario se estaría afectando el derecho sindical del trabajador. Por lo cual la resolución del comité evaluador de la entidad , no demostraría la urgencia del cambio , por lo cual sería inaplicable dicho proceder. A criterio del tribunal , la empresa debe demostrar una necesidad y urgencia a t

Res. 101-2015-SERVIR-PE

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Aprueban la Directiva “Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil. Norma : Resolucion de Presidencia ejecutiva Nro 101-2015-SERVIR-PE Publicado : 24/03/2015 Vigencia  :  25/03/2015 ============================= Mediante Ley  30057  se dicto la ley del servicio civil que aprobo el nuevo regimen del servicio civil. En el D.S. 040-2014-PCM reglamento general de la ley del servicio civil  se desarrolla el regimen disciplinario y procedimiento sancionador de la ley del servicio civil. La Gerencia de Politicas de Gestion del servicio civil , organo encargado de diseñar y desarrollar el marco politico y normativo del sistema administrativo de gestion de los recursos humanos al servicio del Estado propuso la Directiva " Regimen Disciplinario y Procedimiento sancionador de la Ley 30057 y de su regflamento General". Dicha norma desarrolla las reglas procedimientales y de ley del regimen disciplinario y procedimiento sancionad

Resolución Legislativa 30312

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Resolución Legislativa que aprueba el Convenio Nro 183 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la Protección de la Maternidad , 2000 Norma : Res. Leg. 30312 Publicado : 22/03/2015 Vigencia : Se debe dictar una norma expresa que modifique las disposiciones legales vigentes a la fecha. ================================================= El Congreso de la República publicó el 22/03/2015 una resolución legislativa por la cual aprueba el Convenio 183 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), que dispone el otorgamiento de licencia por maternidad de al menos catorce semanas a las trabajadoras gestantes de todo el país. Hasta ahora la licencia por maternidad era de 90 días, o 12 semanas, con esta norma será 14 semanas o tres meses y medio.   El convenio de la OIT, ratificado por el Perú y de obligatorio cumplimiento, fue adoptado en la octava reunión de la conferencia internacional que se celebró en Ginebra, Suiza, el 30 de mayo de 2000 La norma, publicad

Res SBS Nro 1784-2015

Modifican el titulo VII del compendio de normas de superintendencia reglamentarias del sistema privado de pensiones  referido a prestaciones. Norma : Resolución  SBS Nro. 1784-2015 Publicado : 21/03/2015 Vigencia   :  22/03/2015 Plazo de adecuación : 60 días calendario. Salvo lo relacionado con documentos de beneficiarios , acreditación de hijos mayores de 18 años que continúan estudios de nivela básico o superior .y el calculo del promedio de las remuneraciones percibidas y rentas declaradas durante los ultimo 120 meses. ================== Entre los diversos tema contenidos en la presente resolución SBS Nro. 1784-2015 resalta la creación de una nueva modalidad de pensión por jubilación en el sistema privado de pensiones. ¿ Cual es la nueva modalidad de jubilación en el sistema privado de pensiones? La Nueva modalidad pensiones  incluida en la resolución SBS Nro. 1784-2015 se llama " Renta combinada". ====================== Blog legislación laboral peruana Con