Pliego de reclamos 2017-2018 construcción civil

Lo siguiente es el pliego de reclamos ( El sindicato de trabajadores de construcción civil lo presenta como Proyecto de convenio colectivo , en esencia es lo mismo) .correspondiente al periodo 2017-2018.

Usted debe saber : A la fecha se encuentra en proceso de negociación.


PROYECTO

I. -INCREMENTOS REMUNERATIVOS:

Primero. - Los empleadores convienen en otorgar a cada uno de los trabajadores en construcción civil a nivel nacional, un aumento general sobre su jornal básico, según categoría de acuerdo a lo siguiente:

OPERARIO              S/.      8.00 nuevos soles
OFICIAL                   S/.      7.00 nuevos soles
PEÓN                       S/.      6.00 nuevos soles

II. -CONDICIONES DE TRABAJO:
 BUC OPERARIO CIVIL
 Segundo. - Las partes convienen que el BUC para los operarios de todas las especialidades será el equivalente al 36% de su jornal básico, el cual estará compuesto por el 6% de bonificación por especialización y el 30% de las demás bonificaciones.

MOVILIDAD
 Tercero. - Los empleadores convienen en incrementar en las mismas condiciones que se encuentran vigentes, la bonificación acumulada por movilidad urbana e interurbana a S/.2.50 el valor de cada pasaje.

VIGÍAS
 Cuarto. - Los empleadores convienen en reconocer a los trabajadores y trabajadoras que realicen labores de vigías, banderilleros o señalizadores en la obra, la categoría de oficial; debiendo otorgarles todos los beneficios y derechos que le corresponden a tal categoría.

ALIMENTACIÓN
 Quinto. - Los empleadores que ejecuten obras ubicadas fuera del radio urbano, otorgarán alimentación a todos los trabajadores que laboren en dicha obra, sin distinción de categoría ni lugar de residencia.

BOLSA DE TRABAJO
 Sexto. - Los empleadores y trabajadores ante la violencia, la extorsión y el sicariato, generado en las obras de construcción por seudas organizaciones sindicales y poblaciones, acuerdan otorgar una bolsa de trabajo a los sindicatos afiliados la Federación de Trabajadores en Construcción Civil del Perú. La Bolsa de Trabajo será el 50% en las diferentes categorías.

PERIODO DE COMPENSACIÓN POR DESARRAIGO FAMILIAR
 Sétimo. - Los empleadores convienen otorgar a los trabajadores, que laboran en proyectos que se encuentren ubicados en lugares de distinta jurisdicción al lugar de residencia habitual del trabajador, una bajada mínima de 7 días pagados únicamente a jornal básico por cada 28 días de trabajo consecutivo. Esta compensación solo se hará efectiva si la distancia en que se encuentra el proyecto con referencia a la residencia habitual del trabajador hace imposible que este pueda realizar su visita familiar en su descanso semanal obligatorio.

El reconocimiento de esta bonificación implica el respectivo pago de los beneficios sociales y las gratificaciones ordinarias.

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