Norma : D.S. 007-2014-EF
Publicado : 16/01/2014
Vigencia : 17/01/2014
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Para recordar :
Por Ley 30003 se desactiva la Caja de Beneficios del Pescador .
Pero esta ley recien entrara en vigencia el 01 de Febrero 2014
Es decir al mes siguiente de la publicación de su reglamento ( D.S. 007-2014-EF )
Vea : Ley 30003
¿ Que dice el D.S. 007-2014-EF ?
Trata sobre el sistema pensionario y de salud de los trabajadores y pensionistas pescadores.
¿ Ver en que consiste ? |
1.- Sistema de Salud
El trabajador pesquero es considerado asegurado obligatorio para Essalud
2.- Sistema de Pensiones
En lo relacionado con el sistema de penisones.
El trabajador pesquero tiene la libertad de elegir entre el REP ( Regimen Especial Pesquero ) , administrado por la ONP.
Y entre el Sistema Privado de Penisiones.
El regimen especial Pesquero ( REP)
Los
aportes al REP son de cargo de los trabajadores pesqueros y los armadores: 8%
del monto de su
Remuneración
asegurable en caso de los primeros y 5% del monto de la remuneración asegurable
en el caso de los segundos.Para el sistema Privado de Pensiones
Los
trabajadores pesqueros efectúan un aporte al SPP equivalente al 8% del monto de
su remuneración
Asegurable,
más la prima del seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio y la
comisión respectiva que
establezca la Administradora Privada de Fondo de Pensiones (AFP) elegida
libremente por el trabajador. B.- Beneficios para el ex trabajador pesquero
1.- Sistema de Pensiones
Pensión de Jubilación REP
Se crea la pensión de jubilación ,invalidez y sobrevivencia REP.
Pensión de Jubilación Sistema Privado de Pensiones
La pensión de jubilación será otorgada a los trabajadores pesqueros cuando cumplan cincuenta y
cinco (55) años de edad
Pensión de Rescate Complementaria
Los trabajadores pesqueros que se encuentren debidamente identificados en los listados indicados y que se trasladen al SPP, tienen derecho, además de la pensión de jubilación en el SPP, a solicitar una Pensión de Rescate Complementaria por el monto correspondiente a los beneficios del trabajador en función a los aportes efectuados a la CBSSP.
La transferencia directa al ex pescador
Es una prestación económica que de manera periódica y permanente el pensionista podrá recibir , si lo solicita a la Oficina de Normalización previsional ( ONP).
Dicho
beneficio será el equivalente a la pensión que percibían a través de la CBSSP
con el tope equivalente a S/. 660.00 (seiscientos sesenta y 00/100 nuevos
soles).
2.- Sistema de salud para el jubilado pesquero
Los beneficiarios de la TDEP se encuentran incorporados a ESSALUD como afiliados regulares del
Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud .
Para
estos efectos, la ONP retiene y paga el 4% de la TDEP efectivamente percibida
en cada mes por el beneficiario por concepto de aporte a ESSALUD.
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Lic. Ricardo Candela Casas
Vea : Ley 30003
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