Pago de utilidades en el 2026 en el Perú: En este año se paga las utilidades generadas en las empresas durante el ejercicio fiscal 2025.
Del derecho Para saber si un trabajador es beneficiario de utilidades . es indispensable haber mantenido una relación laboral de dependencia durante parte o todo el año 2025.
Lo que debe saber :Este derecho se mantiene incluso si el trabajador ya no labora en la empresa al momento de realizarse el abono.
¿Cómo saber si me
corresponde el pago de utilidades? Para determinar si un trabajador tiene derecho a este beneficio, es clave verificar tres aspectos concretos:
a. Haber estado en planilla durante el año fiscal 2025.
b.Que la empresa haya generado utilidades en ese periodo.
c. Que la empresa cuente con más de 20 trabajadores en planilla.
Sin derecho .. Cabe mencionar que no tienen derecho a utilidades los trabajadores independientes que emiten recibos por honorarios ni quienes laboran en microempresas .
¿Cuándo recibiré el pago
de utilidades 2026? El pago de utilidades debe realizarse dentro de los 30 días calendario posteriores a la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la SUNAT.
En la práctica, esto significa que, para el ejercicio fiscal 2025, el pago se efectuará entre los meses de marzo y mayo de 2026, dependiendo de cuándo cada empresa cumpla con su declaración.
¿ Cuánto recibiré de utilidades? El monto que recibe cada trabajador se determina considerando dos factores:
a.Los días efectivamente laborados durante el año
b.La remuneración percibida en ese periodo.
Hay topes máximos de utilidades para cada trabajador La normativa Peruana también establece topes máximos, por lo que no todos los trabajadores reciben el mismo monto, incluso dentro de una misma empresa.
¿Qué pasa si la empresa
no realiza el pago? No pagar las utilidades, hacerlo fuera del plazo legal o calcularlas de manera incorrecta constituye una infracción grave.
Las empresas pueden ser sancionadas con multas que pueden llegar hasta los S/ 140,000, además de enfrentar reclamos laborales y fiscalizaciones.
Lic Ricardo Candela Casas
Actualizate Laboral
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