Aplazamiento del descanso prenatal por Maternidad en Perú

 

1.Del derecho  :La trabajadora gestante puede optar por postergar en todo o en parte el goce del descanso prenatal, en cuyo caso el número de días postergados se acumulará al período de descanso postnatal.

2.Trámite  : Para dicho efecto, deberá comunicar por escrito su decisión al empleador hasta 2 meses antes de la  fecha probable del parto.

3.Documentación  :adjuntar  informe  médico que certifique que dicha decisión no afectará su salud o la del concebido.

Tome nota :  Esta decisión no requiere aceptación ni aprobación del empleador.

Por lo que se entiende  es una simple  comunicación  informativa. 

Base legal :Ley N° 26644: arts. 1 y 2. - Decreto Supremo N° 001-2015-TR: art. 5 






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