Base : Proyecto de Ley 961/2021-CR, que modifica el Decreto Legislativo 776, Ley de Tributación Municipal, y la Ley 29973, Ley General de las Personas con Discapacidad
Norma aprobada por el Congreso ( Junio 2026 ) permitirá deducir hasta 50 UIT de la base imponible del tributo y busca reducir la carga económica que enfrentan miles de familias en el país.
Las personas con discapacidad severa que sean propietarias de una vivienda podrán acceder a una reducción en el pago del impuesto predial luego de que el Congreso aprobara una iniciativa que les permitirá deducir hasta 50 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) de la base imponible utilizada para calcular este tributo municipal
La iniciativa establece que las personas con discapacidad severa propietarias de un único predio destinado a vivienda propia o de la sociedad conyugal, y cuyos ingresos no superen una UIT mensual, podrán acceder a este beneficio tributario.
¿Qué cambia para las personas con discapacidad severa? Actualmente, los propietarios de viviendas deben pagar anualmente el impuesto predial, un tributo municipal calculado en función del valor del inmueble.
Requisitos.. Para acceder al beneficio será necesario contar con el certificado de discapacidad severa emitido conforme a la normativa vigente y acreditar que se posee un único inmueble destinado a vivienda.
Beneficio comenzará a aplicarse en 2027 La deducción comenzará a aplicarse a partir del 1 de enero de 2027, lo que permitirá que las municipalidades adecuen sus procedimientos para implementar el beneficio.



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