*"Firma tu renuncia... o nadie te volverá a contratar"*
_Casación Laboral N° 17325-2023-Lima_
*¿QUÉ PASÓ?*
Banco llama a asesor de ventas. Le dan 2 opciones:
1. Firmas renuncia → te vas "tranquilo" con liquidación
2. No firmas → proceso disciplinario + "Nadie te va a querer en otras sucursales"
La empresa dijo: "Él renunció por voluntad propia"
*¿QUÉ DIJO LA CORTE SUPREMA?*
Renuncia válida = *Libre + Voluntaria + Sin presión* Art. 13 D.S. 003-97-TR
*LA LÍNEA DELGADA:*
*Negociar SÍ:* "Vamos a iniciar proceso disciplinario" → Es tu derecho
*Intimidar NO:* "Nadie te va a contratar en otra sucursal" → Afecta tu futuro profesional = Intimidación según Código Civil
*FALLO:*
Renuncia viciada. *Ordenan reposición del trabajador.*
No fue decisión libre, fue por miedo.
*LECCIÓN PARA EMPRESAS:*
Puedes negociar la salida. Pero si condicionas su futuro laboral = despido encubierto.
*LECCIÓN PARA TRABAJADORES:*
"Firma esto o..." = Alarma roja. La renuncia firmada bajo presión no vale.
*⬇️ Descarga la sentencia completa:*
Pulse aqui
*Lic. Ricardo Candela Casas*
Derecho Laboral Peruano
Intimidación en la renuncia
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