Incremento obligatorio de remuneración básica, al aumentar duración jornada de trabajo.

 


 El empleador -unilateralmente- puede incrementar la jornada de trabajo de su personal con el correspondiente aumento de su remuneración, en función al tiempo adicional agregado

La consecuencia inmediata de la extensión de la jornada de trabajo es el incremento de la remuneración.

Fuente :  Casación Laboral N° 54757-2022-Callao, de fecha 5 de mayo de 2025

Detalles.. Dicho incremento tiene naturaleza remunerativa. 

Es decir, el importe adicional pagado al trabajador en atención al incremento de su jornada de trabajo es remuneración principal y, por tanto, no puede ser considerado como un complemento remunerativo no salarial.

Esto   había señalado la Sala Superior en la instancia previa.

Beneficios sociales  : Dicho  incremento  afecta  directamente  el cálculo de beneficios sociales  

En resumen  : El incremento de la jornada de trabajo va a suponer necesariamente el incremento de la remuneración del trabajador, tratándose de un concepto de naturaleza remunerativa. 

No resulta válido incrementar la jornada de trabajo del personal sin el correspondiente aumento salarial en forma proporcional al tiempo añadido.

Descargar Casación Laboral N° 54757-2022-Callao. Aqui

Jornada de trabajo 2025


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