Sujeto sancionado :Asociación Civil Club Náutico Poseidón
Sunafil : Intendencia de Lima Metropolitana declaró infundada la apelación y confirmó la multa impuesta en primera instancia.
Fuente RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 1717-2025-SUNAFIL/ILM
¿Cuáles fueron las infracciones?
1 No cumplir con las obligaciones relacionadas al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
2 No acatar la medida inspectiva de requerimiento emitida por SUNAFIL.
Respuesta de la empresa La empresa alegó que:
1. Los trabajadores no podían ser miembros del Comité ???
2.La falta de firmas en el acta electoral no invalidaba el proceso
3. Ya había cumplido con lo solicitado.
Decisión de Sunafil SUNAFIL concluyó que:
1. Se vulneró la norma de alternancia en la representación del Comité de SST.
2. La omisión de firmas afectó la transparencia del proceso electoral.
3 No se cumplió dentro del plazo con la medida inspectiva.
4. No hubo doble sanción (non bis in ídem) porque las infracciones fueron distintas.
Resultado: Se confirma la multa total de S/79,596.00.
Descargar
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 1717-2025-SUNAFIL/ILM Aqui
Más casos similares Comité Seguridad y Salud en ..
Manual eleccion Comité de Seguridad y salud en el trabajo
Documento pdf 287 páginas
Usted recibirá :
a. Manual en pdf
b. Modelos de formatos en Word
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas