1.- Definición Se denomina Asistente Social a aquella persona diplomada encargada de procurar consejo y asesoramiento para la solución de los problemas extra laborales del trabajador y su familia.
2.- Empresas obligadas
2.1.1 Empresas con mas de 300 trabajadores Toda empresa de la actividad privada que ocupe más de 300 trabajadores , está obligada a contratar de inmediato una asistenta social diplomada para la atención permanente que requiera el personal de su respectivo centro de trabajo.
Base legal : R.S. 337 del 13/06/1965 ,articulo 1
2.2.- Empresas con menos de 300 y mas de 100 trabajadores
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