Análisis Revista
Laboral Actualizate
2025
A. En sector público.. No existe per sé una prohibición general que impida que dos servidores públicos que contraen matrimonio continúen laborando en la misma entidad; sin embargo, en dichas situaciones, deben adoptarse las medidas orientadas a evitar la generación de conflictos de intereses
Fuente: Informe 773-2013-Servir-GPGSC
Generación de
conflictos de intereses
Se deben adoptarse las medidas orientadas a evitar la generación de conflictos de intereses, lo que podría ocurrir, porejemplo, en caso que uno de los cónyuges tuviera una relación de dependencia jerárquica respecto del otro.
Lo legislado en
el sector Público
Existen algunas regulaciones particulares, como las establecidas por la ley 29277, ley de la Carrera Judicial (artículo 42°) y el Decreto legislativo N° 052, ley Orgánica del Ministerio Público (artículo 47°); que establecen, respectivamente, que en el Poder Judicial y en el Ministerio Público, se presenta incompatibilidad por razón de matrimonio entre el personal administrativo perteneciente al mismo distrito judicial, así como otros supuestos (entre el personal administrativo y el personal jurisdiccional, entre el personal administrativo y los fiscales perteneciente al mismo distrito judicial).
B. En el sector privado Lo cierto es que las relaciones sentimentales no se encuentran prohibidas de manera expresa por ninguna norma en la legislación laboral peruana. No existe una disposición que impida que dos (2) personas que trabajan en una misma empresa puedan desarrollar un vínculo afectivo.
De hecho, es una situación que se da comúnmente como consecuencia de la interacción constante y el ritmo de trabajo compartido. Pero entonces, ¿por qué se tiene la creencia que las relaciones sentimentales no serán aceptadas por la empresa? ¿por qué algunas parejas optan por mantenerlas en secreto?
La razón principal radica en los posibles conflictos de interés que las relaciones sentimentales pueden generar. Por ejemplo, cuando una relación sentimental ocurre entre un superior y un subordinado, se pueden generar problemas éticos. Ciertamente, este tipo de situaciones puede crear percepciones de favoritismo, trato diferenciado o incluso generar tensiones entre los demás miembros del equipo de trabajo.
Lo que puede hacer la empresa.. Ante esta realidad, a pesar de no ser obligatorio, resulta recomendable que las empresas adopten políticas claras para manejar este tipo de situaciones. En ese sentido, incorporar lineamientos específicos en el Reglamento Interno de Trabajo o en alguna otra política interna puede ser una herramienta clave para evitar conflictos internos.
Por falta de regulación interna
En algunos casos, la falta de regulación interna puede derivar en reclamos por eventuales actos de hostilidad laboral, Favoritismo, hostigamiento sexual, acoso o incluso despidos injustificados, lo que podría tener un impacto económico y reputacional significativo para la empresa.
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