Por acuerdo de las partes, el descanso vacacional puede reducirse de 30 a 15 días naturales, con la respectiva compensación de 15 días de remuneración (venta de vacaciones).
El acuerdo en mención debe constar por escrito .
Reducción del descanso físico vacacional
La reducción solo puede imputarse al período vacacional que puede gozarse de forma fraccionada en periodos inclusive inferiores a siete días calendario.
Base legal : D. Leg. 713, art. 19 , modificado por D. Leg 1405.
Resumen :En esa medida, el trabajador percibirá una remuneración y media en el mes de su descanso vacacional:
a.Su remuneración por vacaciones ,que son 30 días
b.Su remuneración por los días Trabajados en vacaciones ( 15 días)
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