Bono Reconocimiento 2002 no procede Inconstitucionalidad Ley 31729

 

Bono Reconocimiento 2002 no procede Inconstitucionalidad Ley 31729

Debido a la falta del número mínimo de votos (5) en la sentencia del TC, la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 31729, que regula el bono de reconocimiento de los aportes a la ONP, cuando el aportante se traslade a una AFP, no ha prosperado.

Bono Reconocimiento 2002 no procede Inconstitucionalidad Ley 31729

Historia  :
Ley que actualiza el Bono de Reconocimiento  a los aportantes  y exaportantes de la  ONP
Norma : LEY Nº 31729
Publicado  : 27/04/2023

Leer texto norma aqui

Bono Reconocimiento 2002 no procede Inconstitucionalidad Ley 31729

Asignación del Bono de Reconocimiento Tienen derecho a recibir el Bono de Reconocimiento, por los aportes realizados, los afiliados y exafiliados al Sistema Nacional de Pensiones que se trasladaron o se trasladen al Sistema Privado de Pensiones. El mencionado bono se deposita de oficio en la cuenta individual de capitalización (CIC).

El Poder Ejecutivo mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas, en un plazo no mayor de 12 meses de publicada la presente ley, emite el Bono de Reconocimiento para los trabajadores afiliados al Sistema Nacional de Pensiones que opten por incorporarse al Sistema Privado de Pensiones desde 2002 en adelante, facultándosele a establecer los requisitos y condiciones para acceder a este beneficio


Bono Reconocimiento 2002 no procede Inconstitucionalidad Ley 31729


Lo que sigue ahora...
Habiéndose publicado esta Ley el 27 de abril de 2023 y encontrándose plenamente vigente, corresponde su pronta implementación .

La implementación  del Bono Reconocimiento  2002

i) La Oficina de Normalización Previsional, de oficio y semestralmente, deberá emitir el listado de aportantes con derecho al Bono de Reconocimiento y lo comunicará a las AFP para que se realicen los trámites correspondientes.

Bono Reconocimiento 2002 no procede Inconstitucionalidad Ley 31729

ii) El Poder Ejecutivo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Economía y Finanzas del Perú, deberá emitir el Bono de Reconocimiento para los trabajadores afiliados a la ONP que opten por incorporarse a una de las AFP desde el año 2002 en adelante, estableciendo los requisitos y condiciones para acceder a este beneficio.


Bono Reconocimiento 2002 no procede Inconstitucionalidad Ley 31729


iii) La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú deberá establecer los procedimientos y la orientación necesaria con las AFP, para que los afiliados tomen conocimiento y puedan hacer efectivo su derecho al Bono de Reconocimiento.

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Sentencia  aqui


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