Nuevas obligaciones por cambio lugar de labores del teletrabajador

 


Si el teletrabajador decide cambiar  el lugar  donde realiza su labor  , deberá:

Comunicación  .

Informarlo al empleador con una anticipación de 5 días hábiles, salvo causa debidamente justificada. 


Garantías exigidas  en el nuevo lugar 

El teletrabajador  debe garantizar las condiciones informáticas y de comunicación óptimas para realizar su labor manera adecuada.


Derecho del empleador 

Prevención Accidente  de trabajo 

El empleador identifica los peligros y evalúa los riesgos a los que se encontraría expuesto el teletrabajador, e implementa las medidas correctivas correspondientes.

El teletrabajador debe   brindarle las facilidades de acceso a su nuevo lugar habitual de teletrabajo para realizar  dicha  evaluación 


¿ Donde dice eso ?

Artículo 11, Lugar donde se desarrolla el teletrabajo . Apartado 11.2  : “

En caso de cambio del lugar habitual de teletrabajo, 

El teletrabajador debe informarlo al empleador con una anticipación de 5 días hábiles, salvo causa debidamente justificada. 

En este caso, el teletrabajador garantiza las condiciones informáticas y de comunicación óptimas para realizar el teletrabajo de manera adecuada. 

Desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, el empleador identifica los peligros y evalúa los riesgos a los que se encontraría expuesto el teletrabajador, e implementa las medidas correctivas correspondientes.

Para lo cual el teletrabajador le brinda las facilidades de acceso a su nuevo lugar habitual de teletrabajo”. 

En este caso se detalla esto, por un lado, como un deber del teletrabajador, y también del empleador.

Inciso agregado  a la Ley  31572,  por Ley  Nº 32102
Publicado  : Lunes  22 Julio 2024
Edición  extraordinaria  diario oficial El Peruano 
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