Si las razones de dicha decisión no tienen un sustento lógico, es posible que estemos ante un acto de discriminación.
Del caso: En el presente caso el postulante iba a iniciar su relación laboral en una empresa minera , pero en el examen médico ocupacional de ingreso , obtuvo como calificación no apto.
Por lo cual no se procedió a su contratación.
¿ Y donde dice eso?
En el D. S. Nº 024-2016-EM , artículo 118 precisa..
El trabajador que no cuente con la constancia de aptitud emitida por el área de salud ocupacional no podrá laborar.
Esta decisión será respetada por el postulante, trabajador y el titular de actividad minera.
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