Si se premia económicamente a un locador de servicios , estamos ante un relación laboral encubierta?
Si.
▪ La calificación de una relación contractual como laboral puede tomar como evidencia válida a la facultad premial, con las adecuaciones que resulten convenientes en cada caso.
Fuente : Res Sala Plena N° 013-2023-SUNAFIL/TFL. Fundamentos vinculantes ( Publicado en el diario El Peruano 24/09/2023)
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