No resulta válido que el empleador alegado que sus propios trabajadores no deseaban ser ingresados a planilla.
Dicho argumento carece de respaldo jurídico.
¿ Qué es la Irrenunciabilidad de derechos ?
La irrenunciabilidad de derechos es definida como el principio jurídico por el cual existe una “imposibilidad jurídica de privarse voluntariamente de una o más ventajas concedidas por el Derecho Laboral en beneficio propio”.
Falta grave del empleador : El empleador no puede exonerarse del cumplimiento del deber de formalizar a su personal (incorporarlos en planilla) .
Esto bajo un pretexto de acuerdo unilateral ni bilateral sustentado en la renuncia de derechos fundamentales.
Sobre el caso : Un empleador ante la inspección laboral en su empresa , argumento , como justificación , que un grupo de Trabajadores no estaban en planilla, porque ellos " se lo habían exigido "..
Fuente : Resolución de Sala Plena N° 010-2023-SUNAFIL/TFL (11/06/2023)
Precedente adtvo de Observación Obligatoria para funcionarios de Sunafil
(Fundamentos 6.38, 6.39 y 6.40)
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