¿Cuáles son los requisitos para ser exonerado del pago Impuesto predial?

  El Impuesto predial

El autovaluo    : Para acceder al descuento o exoneración del impuesto predial se tiene que deducir un monto equivalente a 50 UIT (S/247.500) del valor de su autovalúo. 

Es decir, si este excede las 50 UIT, el adulto mayor deberá pagar solo la diferencia. 

Si el  predio no tiene un valor mayor a lo establecido, no pagara el impuesto predial.

Para efectos prácticos :  Si el autovalúo de un predio está calculado en S/270.000, al exceder las 50 UIT (S/247.500) se le resta este monto, lo que arroja un resultado de S/22.500. 

A este importe lo ubicamos en la escala progresiva de 15 UIT, cuyo valor de alícuota es 0,2%. Entonces, de esta ecuación se desprende que el monto a pagar de impuesto predial anual será   S/45 ( 0,2% de S/22.500 = S/45)".

¿Es obligatorio pagar el impuesto predial?Si eres propietario de un inmueble, debes pagar el impuesto predial en la municipalidad de tu distrito o provincia.

 Si vive en el Cercado de Lima, debes pagarlo en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Este pago es obligatorio para todas las personas naturales o jurídicas que, al 1 de enero de cada año, son propietarias de predios en el distrito o provincia, los habiten o no. 

El pago del impuesto predial se realiza en a municipalidad distrital donde se ubica el predio y, si bien es un impuesto anual, podrá ser fraccionado en 04 fechas de pago (febrero, abril, agosto y noviembre). 

Solo en el caso del Cercado de Lima, el pago se hará en el Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT).

¿Qué pasa si no pago el impuesto predial por varios años?

La cobranza coactiva : Si no paga, fracciona o cuestiona, puede estar sujeto a embargo sobre su cuenta bancaria o bienes.

La prescripción  :  Si la municipalidad no ha ejecutado cobro alguno y si pasan 04 años, la deuda puede prescribir.

Exoneración  del impuesto predial 

1.Beneficiarios  :  Pensionista o persona con   60 años, propietario  de un inmueble 

Si el adulto mayor ha estado pagando un monto mayor al beneficio tiene derecho a que le devuelvan el exceso.

Documentos: Para acceder al beneficio, solo debes cumplir con los siguientes requisitos:

Entre los documentos a presentar figuran el DNI del titular o del representante legal del predio, la última boleta de pago u otro documento que acredite sus ingresos personales o de la sociedad conyugal. Además, acreditar la propiedad del predio.

Del predio :  Este debe estar a nombre propio o de la sociedad conyugal.

Uso del Predio ;  Este debe ser destinado a vivienda de los mismos. 

Puede usarse parcialmente con fines productivos, comerciales o profesionales con aprobación de la municipalidad respectiva.

Los ingresos brutos no deben exceder 1 UIT mensual (S/4.950)

¿ Donde se hace  el tramite ? Para solicitar la deducción o exoneración, el adulto mayor debe dirigirse a la municipalidad de su distrito.

 ¿ Cómo se hace? Se  tendra que redactar una carta simple dirigida a la municipalidad para la determinación del impuesto predial .

Cuando lo entregue, debe recordar siempre conservar una copia del documento con el sello de recepción y consultar el plazo para resolver la solicitud.


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