Plazo para comunicar a trabajadores la compensacion de horas licencia Covid-19



 El 16 de diciembre 2022 ,vence el plazo para comunicar a los trabajadores el total de horas de licencia con goce de haber que adeudan.


Para recordar :

Según  la Ley 31632.( Ver texto  aqui)

Ley que dispone medidas para garantizar los derechos de los trabajadores afectados por las disposiciones legales implementadas durante la emergencia sanitaria provocada por la COVID-19 .

Publicado : 01 de diciembre de 2022...

Obligación  del empleador   Los empleadores tienen plazo hasta el 16 de diciembre de 2022 para comunicar por escrito a los trabajadores el total de horas de licencia con goce de haber que adeudan. 

¿ Y qué sucede si el empleador  comunica sobre las horas por compensar al trabajador  después del 16 Diciembre  2022?

La ley no señala las consecuencias  de dicha situación .

Por lo cual la comunicación  sería válida legalmente.

¿ Y como se debe proceder?

1 Las horas acumuladas de licencia con goce de haber generadas en virtud normas dictadas  durante  Estado Emergencia  Nacional  ( Licencia  con goce de haber Covid-19,  compensable ) , y Estado de Emergencia  Sanitario  ( Trabajador  de riesgo Covid-19  y trabajo remoto ) , se pueden compensar de cualquiera de las siguientes formas:

a.  Sobretiempo   Realizado antes o después de la jornada de trabajo ,sin exceder 2 horas diarias.

b.Con capacitaciones Realizadas fuera de la jornada de trabajo, sin exceder 2 horas diarias.


c. Vacaciones  Con vacaciones adquiridas y pendiente de goce.

 Cada día de vacaciones sujetas a la compensación equivaldrá a 3 días de licencia con goce de haber. 

No se podrán compensar más de 15 días por periodo vacacional pendiente de goce.


d. Otras formas  de compensación La ley 31632, no especifica  ni prohíbe ( salvo la situación  al término  relación laboral  , sobre descuentos en liquidación beneficios sociales), la posibilidad  que el empleador  acuerde  realizar la compensación  por otro medio  .

2. Plazo limite de compensación  La compensación de horas generadas durante el Estado de Emergencia podrá realizarse hasta el 1 de diciembre de 2023. 


3 Prohibición : Descuento

Termino relación laboral 

Está prohibido realizar descuentos en la liquidación de beneficios sociales realizada al término del vínculo laboral, para compensar las horas de licencia con goce de haber generadas por las disposiciones legales implementadas en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19.


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Modificaciones  a la Legislación laboral Peruana 

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