En la Legislación laboral Peruana existen dos tipos de Feriados
1. Feriado no laborable a nivel nacional
Los feriados establecidos en el D.Leg. 713, Art. 6 se celebrarán en la fecha respectiva.
Base legal : D. Legislativo 713, articulo 7 , primer párrafo
Relación de feriados no laborables a nivel nacional :
- Año Nuevo ( 01 de Enero ) .
- Jueves Santo y Viernes Santo ( Movibles ).
- Día del trabajo ( 01 de Mayo)
- San Pedro y San Pablo ( 29 de Junio).
- Fiestas Patrias ( 28 y 29 de Julio).
- Batalla de Junin ( 06 de Agosto)
- Santa Rosa de Lima ( 30 de Agosto)
- Combate de Angamos ( 08 de Octubre)
- Todos los Santos ( 01 de Noviembre ).
- Inmaculada Concepción ( 08 de Diciembre ).
-Batalla de Ayacucho ( 09 de Diciembre)
- Navidad del Señor ( 25 de Diciembre ).
Vea también : Manual Feriados no laborables
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2. Feriado no laborable local o gremial
Cualquier otro feriado no laborable de ámbito no nacional o gremial, se hará efectivo el día lunes inmediato posterior a la fecha, aun cuando corresponda con el de descanso del trabajador.
Base legal: D. Legislativo 713, artículo 7, segundo párrafo, modificado por Ley 26331 (23/06/1994)
-Feriado ámbito no nacional ( Regional o local )
07 de EneroTumbes
Declaración de la Independencia de Tumbes
Tacna
Conmemoración a los Defensores
del Alto de la Alianza
-Feriado Gremial
Trabajador Construcción civil : 25 Octubre
Trabajador Minero : 05 Diciembre
Infografia:
Tipos de Feriados no laborables
Revista Laboral Actualizate
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