¿Cómo se determina el carácter remunerativo de un concepto ?

FuenteCasación Laboral N° 12349-2019-Lima

Para determinar que un pago hecho a un trabajador (en dinero o especie) tiene carácter remunerativo, debe cumplir con las siguientes condiciones: 

1 Que lo percibido (cualquiera que sea la denominación que se le dé) sea como contraprestación de los servicios del trabajador. 

2 Que sea percibida en forma regular

3 Que sea de su libre disposición.

Esto es, que el trabajador dentro de su ámbito de libertad pueda decidir el destino que le otorga; además, debe tenerse en cuenta que el dinero u otro pago en especie que abone el empleador a su trabajador, no dependerá su naturaleza exclusivamente por la denominación que le haya sido asignada, sino por la finalidad que tiene dicha prestación. 

Por lo cual, resulta necesaria la aplicación de principic de primacia de la realidad, para determinar el carácter remunerativo. 

Primacía de la realidad : En la sentencia recaída en el expediente N° 1944-2002-AA/TC, el Tribunal Constitucional sobre el principio de primacía de la realidad ha señalado que: "(...) en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que fluye de los documentos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el terreno de los hechos". 


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