¿ Obligación del empleador entrega alta,,modificación y baja del Trabajador en T-Registro?

 Obligación  del empleador 

T-Registro

Movimientos  del trabajador 

El empleador debe entregar a los trabajadores, la constancia de alta, modificación o actualización, así como de baja que se efectúe en el T-REGISTRO

Plazos  De acuerdo a los siguientes plazos: 

Alta en el registro: el día hábil siguiente del inicio de la prestación de servicios. 

Modificación o actualización de datos: dentro de los 15 días calendarios siguientes a la fecha en que se produjo la modificación o actualización. 

Baja en el registro: solo en aquellos casos que sea solicitado, ésta se deberá entregar dentro de los 2 días calendarios siguiente de la fecha en que se presentó la solicitud. 

Se entenderá cumplida la obligación cuando el empleador remita la constancia generada por el T-REGISTRO, a través de medios físicos o electrónicos, siempre que se acredite la recepción de la misma por parte de los destinatarios. 


¿Donde encuentro lo antes mencionado

En el artículo 4-A del D.S. 018-2007-TR 


También  puede ingresar aqui


No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

La exigencia de tolerancia ingreso

  En normativa nacional ¿se detalla algo sobre la tolerancia al horario de ingreso al centro de trabajo ?, ¿En que casos pueden descontarte ...

Vea tambien ...