Condiciones para el retorno trabajo presencial de los servidores civiles

 


Norma : Resolución Presidencia Ejecutiva N° 000042-2022-SERVIR-PE

Publicado :13/05/2022   
Edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano
Ver texto norma  aquí


El Consejo Directivo de SERVIR en Sesión 007-2022 aprobó como interpretación vinculante el contenido del mencionado informe, que se resume en los siguientes acuerdos:

Retorno a labores  presenciales
El Decreto Supremo N° 041-2022-PCM, dispone que deben retornar al trabajo presencial los/las servidores/as civiles vacunados/as  contra la COVID-19 , a fin de fortalecer la capacidad de respuesta de los servicios brindados por las entidades públicas.

Vacunación  Covid-19
El deber del retorno al trabajo presencial, es respecto de aquellos servidores civiles que hayan recibido las 03 dosis de vacunación  y, que además de ello, sus locales institucionales cumplan con las condiciones de salubridad y el aforo maximo establecido en la Directiva del MINSA y la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N 055-2021.

En caso no producirse alguno de los presupuestos, se deberá continuar realizando el trabajo remoto  o mixto.


Vea también  ...Condonarán deudas de horas acumuladas por licencia con goce de haber para grupo de riesgo .

Ver aqui


Factores de riesgo
Los/las servidores/as civiles con factores de riesgo deben realizar trabajo remoto  o mixto, de acuerdo a la necesidad del servicio y la evaluación clínica que realicen los médicos ocupacionales o quienes hagan sus veces en las entidades públicas.

Seguridad  y salud  en  el  trabajo
Comité Seguridad

Corresponde al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo vigilar el cumplimiento de las condiciones de salubridad y el aforo máximo establecido en la Directiva del MINSA y la Unica Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 055-2021-a cargo de los responsables del Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces en la entidad- conforme lo establecido en el literal f) del artículo 42 del Reglamento de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.

De interés ...

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