Duplicidad de sanción por una misma falta laboral
Criterio :
Si el empleador en un primer momento determina sancionar a un trabajador por la comisión de una falta administrativa con la suspensión de tres días de labor y posteriormente se demuestra de manera fehaciente que el trabajador cometió falta grave , no podrá despedirlo por esta causa .
Base legal : RSL del 02-06-1993
Caso practico
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Un trabajador fue sancionado con 03 suspensiones en diferente oportunidades , por haber
incurrido en diferentes faltas :
- Transportar pasajeros sin emitir boletos
- Transportar mercadería no permitida , y
- Desarmar las piezas del bus sin comunicación al jefe inmediato.
Mediante carta de preaviso de despido se le informo que , por sus reiteradas faltas ,el Directorio de la empresa le otorgaba un plazo de 6 días para que realice su descargo respectivo.
Luego se le despidió sobre la base de dicha carta.
¿ Es procedente este despido?
No.
El empleador no respeto las disposiciones laborales que señalan que si un trabajador es
sancionado por una falta cometida , luego no puede sustentar el despido en la misma falta que ya fueron cometidas.
Base legal : Sala Especializada en derecho Contractual de Lambayeque expediente 01809-2010-0-1706-JR-CI-07
Lic. Ricardo Candela Casas
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