Reincorporación de trabajador riesgo COVID-19 a la empresa



¿ Cómo debe proceder  la empresa ante la solicitud  de reincorporación  a labor presencial  de un trabajador  grupo de riesgo?

Las empresas que opten por reincorporar a sus trabajadores que se encuentren incluidos en los grupos de riesgo para la COVID-19, deben de cumplir con lo establecido ítem 7.3.4 del Documento Técnico, aprobado por la Resolución Ministerial N° 972-2020-MINSA. 


¿ Qué dice esa disposición?

Situación  : 

Nivel de riesgo alto Exposición

Nivel de riesgo  muy alto Exposición


Procedimiento  :

Los trabajadores con algun factor de riesgo, cuyas labores sean de alto o muy alto riesgo de exposicion, que soliciten regresar o reincorporarse, deben pasar por una evaluacion individualizada por el medico ocupacional, luego de la cual el trabajador firmara  un acta en la que se deja constancia de haber recibido informacion de todos los riesgos que implica su regreso o reincorporacion. 

Fuente

Resolución Ministerial N° 972-2020-MINSA. 

informe 71-2021-MTPE/2/15.2,  


1 comentario:

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