¿Personal de riesgo que se encuentra vacunado puede volver a trabajar de forma presencial?

 


Covid-19
trabajador  de riesgo
Retorno  por vacunación
Trabajo presencial


Poder Ejecutivo emitió  el D.U.Nº 055-2021 (Publ. en el diario oficial  El Peruano  24/06/2021) ,  esta disposición   establece medidas extraordinarias complementarias que permitan el financiamiento de gastos para promover la dinamización de la economía.

En la Primera Disposición Complementaria Final de dicha norma, se dispuso el retorno gradual de los trabajadores de las entidades públicas de sectores distintos al sector Salud que ya hayan sido vacunados.

De esta manera, los empleadores deberán evaluar la reincorporación del personal de riesgo que ya se encuentre vacunado con las dos dosis, siempre y cuando pasen por una evaluación del médico ocupacional.

Esta evaluación  médica se da porque hay personas que han sido calificadas como “personal de riesgo” (mayores de 65 años y con comorbilidades que podrían agravarse por la COVID-19) y que actualmente o laboran bajo trabajo remoto o con licencia con goce compensable; es decir, no trabajan, pero se les paga con la condición de que en un futuro devuelvan esas horas.

Sin embargo, al ya estar vacunados podrían continuar con sus labores.

Servir  en un comunicado  a informado que está disposición  será complementada  con normas adicionales  para evitar poner e  riesgo la salud de los trabajadores.

En el sector  privado

¿Existe esta posibilidad  de retorno a solicitud del trabajador  de riesgo  ( este  o no este vacunado).?
Si

Las personas que se encuentran en alguno de los supuestos de factores de riesgo deben realizar prioritariamente trabajo remoto.

Si las labores son de alto o muy alto riesgo de exposición, los trabajadores que soliciten regresar o reincorporarse, deben pasar por una evaluación individualizada por el médico ocupacional, luego de la cual el trabajador firmará un acta en la que se deja constancia de haber recibido información de todos los riesgos que implica su regreso o reincorporación.


Fuente : Resolución Ministerial No. 972-2020-MINSA
Consideraciones para la reincorporación al
trabajo : trabajador de riesgo


Mantengase infomado


Suscripción a la revista Laboral electrónica Actualizate

======================

Legislacion  laboral  a su alcance.



​Recibe la información más completa sobre la aplicación  de legislación  laboral  Peruana

Más información  aqui 




No hay comentarios:

Publicar un comentario

Comentarios o Consultas

Lo irrazonable en el comportamiento de Sunafil

  La exigencia  del cumplimiento  medidas requerimiento  deben ser dictadas  dentro de la aplicación  del principio  de razonabilidad  Fuent...

Vea tambien ...