Presentación alimentaria
¿ Monto por refrigerio otorgado al trabajador puede superar la remuneración?
El monto destinado a la alimentación de los trabajadores es una condición de trabajo, siempre y cuando sea una " suma razonable"
De lo contrario, se considerará parte de su remuneración y estará afecta a las retenciones de ley.
Un caso: Un grupo de trabajadores cuya remuneración mensual es de S/ 460.00 ,la empresa les otorgaba adicionalmente como concepto de refrigerio la suma de S/ 150.00.importe que representó más del 30%.
Ademas el empleador justificaba el otorgamiento por ser condición de trabajo.
De la condición de trabajo: El empleador en la fiscalización por Sunafil, no acreditó que los importes otorgados como refrigerio constituyesen condición de trabajo tal como pretendió al señalar que dicho concepto tiene por fin que sus trabajadores puedan realizar sus labores
De las sumas entregadas : Dichos montos no resultan razonables, considerando que se negó que constituyan alimentación principal.
Fuente : Resolución del Tribunal Fiscal 17077-4-2013.
Documentos de interés
================================
Alimentación en la legislación laboral
Horario refrigerio
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Comentarios o Consultas