Para recordar:
Cuando el Covid-19 apenas era noticia en China, en nuestro país el número de trabajadores que laboraban a distancia era solo de 2.400.
Marzo 2020 :
Llegada la emergencia sanitaria, en marzo del 2020, el 70% de las medianas y grandes empresas formales decidió aplicar la figura del trabajo remoto que el Gobierno creó mediante decreto de urgencia (N° 026-2020) ese mismo mes.
En la actualidad
Ha pasado un año.
Este modelo de prestación de servicios se aprobó a fin de disminuir la movilización de personas, y así mitigar el número de contagios
Una forma de prestación temporal.
Estará vigente hasta fines de julio próximo.
¿ Cuanto son ?
Ahora son 215.300 trabajadores a nivel nacional –según Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)- que cumplieron 365 días desde que cambiaron el ambiente de oficina por un espacio en casa, las reuniones presenciales por los links para unirse a una sesión de Zoom (videollamadas).
En algunas empresas ( por el tipo de actividad , sobre todo consultorias) aplicaron el trabajo remoto para el 100% de sus empleados en áreas de finanzas, recursos humanos, el área legal, logístico, planeamiento y gerencia.
La regulación
¿ Que debemos tener en cuenta ?
El Decreto Supremo N° 020-2020 establece que “cuando los medios o mecanismos para el desarrollo de trabajo remoto sean proporcionados por el trabajador, las partes pueden acordar la compensación de los gastos adicionales
En noviembre 2020, el MTPE publicó un decreto que establece el derecho a la desconexión digital de 12 horas continuas a favor de los trabajadores, que deberá respetarse también durante los días de descanso, licencias y periodos de suspensión.
Los proyectos de ley sobre la materia
Desde noviembre hay dos proyectos de ley derivados a la Comisión de Trabajo del Congreso relacionados al trabajo remoto y teletrabajo.
El primero, de José Núñez (Partido Morado), que señala que el empleador no podrá exigir la instalación de programas en dispositivos de propiedad del trabajador, ni hacer uso de ellos, así como una compensación por los costos que asuma el teletrabajador.
El segundo, presentado por María Retamozo (Frepap), propone el derecho a horarios compatibles con las tareas domésticas a favor de los padres de familia, así como el respeto de 40 minutos de descanso adicional a los 45 minutos de refrigerio. También busca el derecho a una compensación equivalente al 15% de un sueldo mínimo para el pago de luz, telefonía e internet.
Manual trabajo remoto en su empresa Lo que debe saber
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