Mitos frecuentes :
¿ La AFP se queda con mi fondo si dejo de aportar?
¿ Pierdo el derecho a jubilarme en el futuro?
¿ Puedo trasladarme a la ONP?
¿Si muero, la AFP se queda con mi dinero?
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1.- La plata es tuya no de la AFP
Lo primero y más importante que debes saber, es que tú eres el único dueño de tu fondo y que nadie más puede disponer de él. Por ello, tu ahorro previsional en tu AFP es de naturaleza inembargable.
2.- Si dejo de aportar , pierdo lo aportado
¿Qué pasa con tu fondo si dejas de aportar ?
En el caso que estés desempleado y hayas dejado de aportar, tu fondo no se pierde.
Este permanece en tu AFP generando rentabilidad, hasta que llegue el momento de tu jubilación, la cual puede ser a la edad legal de los 65 años o de manera anticipada, a los 50 si eres mujer o 55 si eres hombre.
Llegada la jubilación puedes elegir qué hacer con tu fondo acumulado, puedes optar por recibir una pensión mensual, retirar hasta el 95.5% de este, o hacer un mix entre ambas opciones. Es importante destacar que tu ahorro no deja de crecer por la rentabilidad que genera tu AFP.
3.- Muerte del afiliado
¿Qué sucede si falleces?
En ese escenario, tus beneficiarios reciben una pensión de sobrevivencia.
Los beneficiarios son tus familiares directos:
- Cónyuge o concubino(a).
- Hijos: menores de 18 años, inválidos o que alcancen los 18 años y que sigan de forma ininterrumpida estudios hasta los 28 años.
- Padre mayor de 60 años o madre con más de 55 años de edad que dependan económicamente de ti.
Si no los tuvieras, tu dinero pasa a ser materia de herencia.
Los herederos pueden ser aquellas personas que has considerado en tu testamento o los declarados en la Sucesión Intestada.
4.- Si por algún accidente o enfermedad queda invalido y no puede laborar
¿Qué sucede si por un accidente o enfermedad ya no puedes trabajar?
Como afiliado a una AFP, puedes acceder a una pensión de invalidez, una vez que hayas pasado por la evaluación del Comité Médico de las AFP (COMAFP).
De tener un dictamen positivo, recibirás una pensión dependiendo de tu grado de invalidez. Si el COMAFP determina que tienes una invalidez total, tu pensión será equivalente al 70% del promedio de tus salarios percibidos en los últimos 48 meses contados desde la fecha de ocurrencia de la condición de invalidez.
Por otro lado, si eres diagnosticado con una invalidez parcial, tendrás una pensión del 50% del promedio de tus remuneraciones recibidas en los últimos 48 meses contados desde la fecha de ocurrencia de la condición de invalidez.
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Dato importante:
Recuerda que puedes estar informado acerca la evolución de tu fondo a través de los siguientes medios:
- Estado de Cuenta.
- Aplicativo móvil de tu AFP.
- Página web de tu AFP.
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