Para tener derecho a la compensación por tiempo de servicios debe cumplir ciertos requisitos.
Para tener derecho al pago de la CTS, en función a las reglas del TUO[1]-D.Leg 650 en una pequeña empresa , es necesario que el trabajador, este:
a.- Sujeto al régimen laboral de la actividad privada
Es decir que su contrato de trabajo este sujeto a las normas del D.S. 003-97-TR y normas relacionadas con las MYPES.
Base legal
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D.S. 001-97-TR, articulo 4
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b.- Labore una jornada promedio de cuando menos cuatro (04) horas diarias.
Los derechos laborales se generan en su mayoría solo si se labora desde 04 horas .
Base legal
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D.S. 001-97-TR, articulo 4
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c.- Haber laborado por lo menos un mes completo en el semestre que se realizara el deposito.
Ejemplo : Para el periodo Mayo 2019-Noviembre 2019
Si tiene 01 mes de servicios le corresponde Compensación por tiempo de servicios.
Si tiene 02 meses de servicios le corresponde Compensación por tiempo de servicios
Si tiene 29 dias , no le corresponde en este momento Compensación por tiempo de servicios.
Debera esperar al deposito de Mayo 2020 , para que los 29 días sean sumados al tiempo de servicios de Noviembre 2019-Abril 2020.
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