Si.
Traslado del descanso a otro día.
La ley ha establecido la posibilidad de trasladar el día del descanso por feriado no laborable a otro día.
¿Cómo se aplica esto?
a.- Debe existir un acuerdo previo, por escrito entre el trabajador y la empresa.
b.- Las razones deben ser por motivos de productividad o por el interés común entre las partes.
c.- El empleador debe dar cuenta de este acuerdo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
d.- Dicho acuerdo puede ser por uno o varios trabajadores.
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