Denuncias de corrupción en Essalud

RESOLUCION N° 1405-GG-ESSALUD-2018
Fecha: 29/09/2018

Aprueban Directiva Procedimiento para la atención de denuncias de presuntos actos de corrupción en el Seguro Social de Salud - ESSALUD y el otorgamiento de medidas de proteccióin al denunciante



Lima, 20 de septiembre de 2018
VISTOS:

La Carta N° 0540-OFIN-PE-ESSALUD-2018 e Informe N° 016-JEVS-OFIN-PE-ESSALUD-2018, de la Oficina de Integridad; la Carta N° 3508-GCPP-ESSALUD-2018 e Informe Técnico N° 073-GOP-GCPP-ESSALUD-2018, de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; y la Carta N° 3147-GCAJ-ESSALUD-2018 e Informe N° 320-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2018, de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 1.2 del artículo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud, ESSALUD tiene por finalidad dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que correspondan al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;


Que, de acuerdo al literal e) del artículo 2° de la Ley N° 27056, ESSALUD tiene por función formular y aprobar sus reglamentos internos, así como otras normas que le permitan ofrecer sus servicios de manera ética, eficiente y competitiva;


Que, con Resolución de Gerencia General N° 1806-GG-ESSALUD-2017, se aprobó la Directiva Nº 002-GG-ESSALUD-2017 V.01, “Normas para la Formulación, Aprobación, Publicación y Actualización de Directivas en ESSALUD”, con el objetivo de establecer las normas y procedimientos para la formulación, aprobación, publicación y actualización de las directivas que rigen la gestión de ESSALUD;


Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 1182-GG-ESSALUD-2016, se aprobó el procedimiento denominado “Atención de denuncias de presuntos actos de corrupción en el Seguro Social de Salud - ESSALUD”, con el propósito de brindar atención oportuna de las denuncias de presuntos actos de corrupción presentadas a ESSALUD;


Que, con Decreto Legislativo N° 1327, se establece medidas de protección para el denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, con el objeto de establecer procedimientos y mecanismos para facilitar e incentivar las denuncias realizadas de buena fe de actos de corrupción y sancionar las denuncias realizadas de mala fe; y con la finalidad de fomentar y facilitar que cualquier persona que conoce de la ocurrencia de un hecho de corrupción en la Administración Pública pueda denunciarlo. En la Única Disposición Complementaria Transitoria del mencionado Decreto Legislativo se señala que la responsabilidad para gestionar y disponer las medidas de protección recae en la unidad orgánica que, a la fecha de la publicación de la referida norma, asume labores de promoción de la integridad y ética institucional en las entidades;


Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2017-JUS, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1327, en cuyo numeral 2.1 del artículo 2° se señala que la Oficina de Integridad Institucional es la unidad orgánica que asume regularmente las labores de promoción de la integridad y ética institucional en las entidades públicas;


Que, con el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprobó la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la cual es de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, quienes deben adecuar su marco normativo a la presente norma. También es de obligatorio cumplimiento para el sector privado y la sociedad civil, en cuanto le sea aplicable y, en lo que no, le sirve como un instrumento guía u orientador;


Que, de acuerdo al artículo 35° - A del Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Social de Salud - ESSALUD, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 767-PE-ESSALUD-2015 y sus modificatorias, la Oficina de Integridad es el órgano de apoyo responsable de promover la integridad, ética, transparencia y control interno en ESSALUD y de ejecutar las actividades relacionadas a prevenir la corrupción. Asimismo, articula y coordina con las instancias encargadas de investigar y sancionar a efectos de brindar una respuesta articulada al interior y exterior de la entidad;

Que, con Carta e Informe de Vistos, la Oficina de Integridad remite a la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, el proyecto de Directiva “Procedimiento para la atención de denuncias de presuntos actos de corrupción en el Seguro Social de Salud – ESSALUD y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante”, el cual tiene como objetivo establecer las normas y procedimientos para la atención de denuncias de presuntos actos de corrupción presentadas ante ESSALUD, e investigación de las situaciones de riesgo de corrupción identificadas por la Oficina de Integridad, así como otorgar las medidas de protección para el denunciante de los presuntos actos de corrupción. Asimismo, la referida propuesta de Directiva tiene como finalidad gestionar la atención oportuna y efectiva de las denuncias por presuntos actos de corrupción presentadas en EsSalud, a fin de promover el control social por parte de los asegurados, ciudadanía, funcionarios y servidores públicos para luchar contra la corrupción en EsSalud;


Que, como fundamento de la propuesta de la citada Directiva, la referida Oficina manifiesta que su aprobación e implementación “(…) favorecerá en el fortalecimiento institucional pues dotará a la entidad, de un documento normativo que permitirá brindarle un tratamiento especial a la atención de este tipo de denuncias y logrará que, los asegurados, colaboradores y población en general tengan como propósito, ser los actores del cambio, pues se implementará la llamada cultura de la denuncia a través de los canales que, a la fecha, la entidad cuenta”;


Que, mediante Carta e Informe de Vistos, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto señala que el proyecto de Directiva “Procedimiento para la atención de denuncias de presuntos actos de corrupción en el Seguro Social de Salud – ESSALUD y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante”, se encuentra alineado a las disposiciones establecidas en la Directiva N° 002-GG-ESSALUD-2017 V.01, “Normas para la Formulación, Aprobación, Publicación y Actualización de Directivas en ESSALUD”, por lo que emite opinión favorable al mismo;


Que, con Carta e Informe de Vistos, la Gerencia Central de Asesoría Jurídica encuentra viable la aprobación del referido proyecto de Directiva “Procedimiento para la atención de denuncias de presuntos actos de corrupción en el Seguro Social de Salud - ESSALUD y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante”, al encontrase elaborada en concordancia con la Directiva Nº 002-GG-ESSALUD-2017 V.01 y el Decreto Legislativo N° 1327, Decreto Legislativo que establece medidas de protección al denunciante de actos de corrupción y sanciona las denuncias realizadas de mala fe, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2017-JUS; siendo el sustento de su contenido técnico competencia de la Oficina de Integridad, de acuerdo a las funciones establecidas en el Texto Actualizado y Concordado del Reglamento de Organización y Funciones de ESSALUD;


Que, conforme a lo señalado en el literal b) del artículo 9° de la Ley N° 27056, es competencia del Gerente General dirigir el funcionamiento de la Institución, emitir las directivas y los procedimientos internos necesarios, en concordancia con las políticas, lineamientos y demás disposiciones del Consejo Directivo y del Presidente Ejecutivo;

Con los vistos de la Oficina de Integridad, la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto, la Gerencia Central de Gestión de las Personas y la Gerencia Central de Asesoría Jurídica;

Estando a lo propuesto y en uso de las atribuciones conferidas;

SE RESUELVE:
1. APROBAR la Directiva de Gerencia General N° 010-OFIN-ESSALUD-2018 V.01, “Procedimiento para la atención de denuncias de presuntos actos de corrupción en el Seguro Social de Salud - ESSALUD y el otorgamiento de medidas de protección al denunciante”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
2. DEJAR SIN EFECTO el procedimiento denominado “Atención de denuncias de presuntos actos de corrupción en el Seguro Social de Salud - ESSALUD”, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 1182-GG-ESSALUD-2016.


3. DISPONER que la Oficina de Integridad se encargue de la implantación, actualización, supervisión y asesoría técnica a nivel nacional de la Directiva aprobada por la presente Resolución.
4. DISPONER que los Órganos Centrales, Órganos Desconcentrados, Órganos Prestadores Nacionales, así como las Redes Asistenciales que conforman el Seguro Social de Salud - ESSALUD, en el ámbito de sus competencias, adopten las acciones que resulten necesarias para la difusión, implementación y cumplimiento de la Directiva aprobada por la presente Resolución.
5. ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, y en el Compendio Normativo del Seguro Social de Salud - ESSALUD.

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