Los trabajadores que cesan ¿ Pueden mantener su seguro de vida.?

En caso trabajador  haya tenido póliza de seguro de vida ley durante la vigencia de la relación laboral



Para estos efectos, dentro de los 30 días calendario siguientes al término de la relación laboral, deben solicitar por escrito a la empresa aseguradora y efectuar el pago de la prima, la misma que se calcula sobre el monto de la última remuneración percibida, hasta el tope de la remuneración máxima asegurable.

En este supuesto se suscribe un nuevo contrato estableciéndose de mutuo acuerdo el monto de la prima, y se extiende una póliza de vida individual por vigencia anual renovable.

 El seguro mantendrá su vigencia siempre y cuando el asegurado cumpla con cancelar la prima en el plazo establecido en la póliza.

La póliza de vida termina si el asegurado adquiere otra de manera obligatoria

Manual ABC legislación laboral peruana 2018


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