Protocolo para la Fiscalización en Seguridad y Salud en el Trabajo en Sector Electricidad


Norma : Res. N° 055-2018-SUNAFIL.
Aprueban el “Protocolo para la Fiscalización en Materia de Seguridad y Salud en el Trabajo en el Sub Sector Electricidad”


Protocolo N°0  03- 2018-SUNA FIL/INII–“PROTOCOLO PARA LAFISCALIZACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDADY SALUD EN EL TRABAJO EN EL SUB SECTORELECTRICIDAD
Publicado : 01/04/2018

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Lima, 28 de marzo de 2018
VISTOS:

El Informe N° 05 6-2018-SUNAFIL/INII, de fecha28 d e    ma r zo de 2018, de la Intendencia Nacional deInteligencia Inspectiva; el Informe N° 71-2018-SUNAFIL/SG-OGPP, de fecha 28 de marzo de 2018, de la OficinaGeneral de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N°132-2018-SUNAFIL/SG-OGAJ, de fecha 28 de marzo de2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demásantecedentes; y,

CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29981 se crea laSuperintendenc ia Nacional de Fiscalización Laboral–
SUNAFIL, como en tidad responsable de promover,superv  i sar  y fiscalizar el cumplimiento del ordenamientojurídico sociolaboral y el de seguridad y salud en eltrabajo, así como brindar asesoría técnica, realizarinvestigaciones y proponer la emisión de normas sobredichas materias;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artíc ulo  1 8d  e  la Ley N° 29981, la SUNAFIL es la autoridad central yente rector del Sistema de Inspección del Trabajo a quese refiere la Ley N° 28806, Ley General de Inspeccióndel Trabajo, y en función a ello dicta normas y estableceprocedimientos para asegurar el cumplimiento de laspolíticas públicas en materia de su competencia;

Que, conforme lo establece el artículo 95 de la Ley  N    ° 297 83, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Sistemade Inspección del Trabajo tiene a su cargo el adecuadocumplimiento de las leyes y reglamentos relativos ala seguridad y salud en el trabajo, y de prevención deriesgos laborales.

Asimismo, precisa que la inspeccióndel  trabajo está en  ca rgada de vigilar el cumplimiento delas normas de seguridad y salud en el trabajo, de exigirlas responsabilidades administrativas que procedan, deorientar y asesorar técnicamente en dichas materias, y deaplicar las sanciones establecidas en la Ley N° 28806,Ley General de Inspección del Trabajo;

Que, asimismo, el artículo 119 del Reglamen to de  l  aL  ey de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado porDecreto Supremo N° 005-2012-TR, establece que elSistema de Inspección del Trabajo es responsable deejecutar las acciones de fiscalización necesarias paracautelar el cumplimiento de la normativa vigente enmateria de seguridad y salud en el trabajo;

Que, de acuerdo al a rtículo 31 del Reglamento  de   O r   gan ización y Funciones de la SUNAFIL, aprobadopor Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificadopor Decreto Supremo N° 009-2013-TR, la IntendenciaNacional de Inteligencia lnspectiva, es el órgano conautoridad técnico-normativa a nivel nacional, responsablede elaborar y proponer la Política Institucional enmateria de Inspección del Trabajo, así como los planes,normas y reglamentos; emite directivas, lineamientos ymecanismos y establece los procedimientos en el marcode sus competencias;

Que, la Intendencia Nacional d e Inteligencia Ins pectiv a ha  elaborado el proyecto de Protocolo denominado“Protocolo para la Fiscalización en materia de Seguridady Salud en el Trabajo en el Sub Sector de Electricidad”, encoordinación con los demás órganos de línea, de apoyo ydesconcentrados de la SUNAFIL;

Que, la citada propuesta normativa ha sido publicada  en  el  Diario Oficial El Peruano a mérito de la Resoluciónde Superintendencia N° 152-2017-SUNAFIL, a fin de quelas personas naturales o jurídicas interesadas formulensus aportes y comentarios, los mismos que han sidorevisados y acogidos en lo que corresponde; contando,asimismo, con opinión favorable de la Oficina Generalde Planeamiento y Presupuesto conforme al documentode vistos, por lo que corresponde emitir la presenteresolución de aprobación de la citada propuesta;

Con el visado del Secretario General, del Intendent eN    acional de Inteligencia Inspectiva, de la IntendentaNacional de Supervisión del Sistema Inspectivo, delIntendente Nacional de Prevención y Asesoría, del Jefede la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, yde la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De confo rmidad con la Ley Nº 29981, Ley de crea ción de  la  Superintendencia Nacional de Fiscalización  Laboraly su Reglamento de Organización y Funciones, aprobadopor Decreto Supremo N° 007-2013-TR, modificado por Decreto Supremo N° 009-2013-TR, así como la Ley N°29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y suReglamento aprobado por Decreto Supremo N° 005-2012-TR;

SE RESUELVE:
Artículo 1.- APROBAR el Pr otocolo N°0  03- 2018-SUNA FIL/INII–“PROTOCOLO PARA LAFISCALIZACIÓN EN MATERIA DE SEGURIDADY SALUD EN EL TRABAJO EN EL SUB SECTORELECTRICIDAD”, que como Anexo forma parte integrantede la presente resolución.

Artículo  2.- DISPONER la publicación de la presenter  es o lución en el Diario Oficial El Peruano, así como lapublicación de la resolución y su Anexo en el PortalInstitucional de la SUNAFIL (www.sunafil.gob.pe), enla misma fecha de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano.

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