¿ Cual es el aporte mínimo que debe hacer el asegurado a la ONP?
Administrado por la ONP .
La remuneración mínima asegurable ,sobre la que se tributa al Sistema Nacional de Pensiones , no puede ser inferior a la remuneración mínima viral que por disposición legal deba percibir un trabajador por la labor efectuada dentro de la jornada máxima legal o según indicada en el contrato de trabajo.
Cuando no se cumpla la jornada máxima legal o no se trabaje la totalidad de días de las semana o del mes , la aportación se calculara sobre lo realmente percibido , siempre que se mantenga la proporcionalidad con la remuneración mínima con la que debe pagarse a un trabajador.
Base legal : Articulo 2 , D.S. 179-91-PCM ( 08.12.91)
Así el aporte mínimo será : S/ 110.50
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Manual ABC de la legislación laboral peruana 2018
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